El autocultivo medicinal de cannabis consiste en que cada persona puede realizar su propio cultivo de marihuana. Según el Decreto 883/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, a partir de ahora esta práctica es legal, siempre y cuando su producto sea utilizado con fines medicinales.
El presidente Alberto Fernandez firmó la nueva reglamentación de la ley de cannabis medicinal que incluye el cultivo personal, solidario y asociado y la compra de preparados y fármacos en farmacias.
Según el texto de la reglamentación de la ley de cannabis, aprobada por el gobierno, con esta medida “se facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos”, busca asegurar “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario”.
Además del presidente Fernández, la reglamentación está firmada por el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y los ministros Ginés González García, Roberto Carlos Salvarezza y Eugenio Basterra.
Para participar de este programa de acceso al cannabis la reglamentación indica que “los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación”.