En los últimos días, un incidente violento ocurrido en un evento nocturno de Ayacucho volvió a encender las alarmas sobre la actuación del personal de seguridad privada en locales de esparcimiento. En un video ampliamente difundido, se observa a un individuo con una remera identificatoria de “control” participando en una gresca, lo que ha puesto en el centro del debate la necesidad de un marco normativo claro para este sector.
En la última sesión ordinaria del año del Concejo Deliberante de Ayacucho, surgió un reclamo sobre la falta de regulación y control en la nocturnidad durante los fines de semana. La concejala de Unión por la Patria, Sandra Divasson, expresó su indignación ante la negativa del bloque oficialista de incluir este tema en la agenda de debate, a pesar de la creciente preocupación de la comunidad.
“No les interesa discutir sobre nuestra seguridad. A pesar de la buena predisposición del intendente al responderme el sábado, el bloque Acuerdo Cívico no dio tablas a una problemática que atraviesa nuestra ciudad, aun con claras evidencias de hechos que pueden derivar en tragedias”. Sandra Divasson
La concejala también solicitó públicamente que el intendente convoque de manera urgente a un plenario para elaborar un protocolo de nocturnidad segura, subrayando que no es la primera vez que temas sensibles como la salud mental o la seguridad quedan fuera del debate legislativo.
Desde el oficialismo, justificaron su decisión explicando que, si bien existía una ordenanza vigente que regula estos temas, el tratamiento del asunto en el recinto requería de información más detallada. Según expresaron, el bloque no contaba en ese momento con todos los datos necesarios para abordar la cuestión de manera integral, por lo que optaron por derivarla a comisión para su análisis exhaustivo.
Además, señalaron que el procedimiento habitual para este tipo de temas es evaluarlos en comisión, lo que permite un tratamiento más elaborado y consensuado.
Por su parte, trabajadores de seguridad entrevistados por este medio señalaron su apoyo a una regulación municipal más estricta. Indicaron que es necesario un registro formal de agentes y normativas claras para el funcionamiento de locales nocturnos. También denunciaron la falta de intervención policial efectiva frente a disturbios, lo que genera que los agentes de seguridad carguen con responsabilidades que exceden su función. Varios de los consultados indicaron que ninguna autoridad los convocó o consultó sobre la situación.
¿QUE DICE LA ORDENANZA QUE NO SE ESTA REGLAMENTANDO?
Según el proyecto de Ordenanza N°4480/2010, que será debatido, se busca establecer requisitos estrictos para quienes desempeñen esta tarea. Entre las disposiciones, se propone la creación de un Registro Municipal Especial de Personal de Seguridad, donde todo agente deberá inscribirse y obtener una Credencial Habilitante con una vigencia de dos años.
Aspecto Contenido Fecha 5 de noviembre de 2010 Ordenanza N° 4480/2010 Objeto Regular la prestación de servicios de seguridad privada en lugares de concurrencia masiva y crear un Registro Especial para quienes desarrollen esta actividad. Definición de Seguridad Privada Servicios ofrecidos por personas físicas contratadas para garantizar la seguridad de personas y bienes en espacios privados de acceso público. Incluye custodia y portería en locales bailables, pubs, confiterías, espectáculos en vivo, etc. Autoridad de Aplicación Subsecretaría de Gobierno de la Municipalidad de Ayacucho. Registro Especial Registro obligatorio para todo personal de seguridad privada que trabaje en locales bailables y eventos masivos. Credencial Habilitante Será expedida por la Autoridad de Aplicación, tendrá una validez de 2 años y debe renovarse. La identificación debe ser visible, ubicada en el lado izquierdo del pecho, e incluir datos personales legibles. Requisitos para Prestadores – Ser mayor de 21 años.- Denunciar domicilio en el Partido de Ayacucho.- Tener al menos 2 años de residencia en Ayacucho.- Ser ciudadano argentino o con 2 años de residencia efectiva en el país.- Contar con certificado de aptitud psico-física válido por 2 años.- Presentar certificado de antecedentes penales.- Inscribirse en el Registro Municipal. Obligaciones – Informar hechos delictivos a la policía o justicia de forma inmediata.- Renovar la Credencial Habilitante cada 2 años.- Notificar cambios de domicilio en un plazo de 10 días. Plazo de Cumplimiento Personas ya trabajando en el momento de la promulgación tienen 60 días para cumplir con los requisitos establecidos. Función del Personal Preventiva, enfocada en neutralizar hechos violentos utilizando la fuerza estrictamente necesaria. Prohibiciones No se podrán contratar servicios de seguridad sin el cumplimiento total de los requisitos establecidos en esta ordenanza. Sanciones – Multa equivalente a 200 módulos y clausura de hasta 5 días por incumplimientos.- Reincidencias: 400 módulos y clausura de hasta 15 días.- Tercera infracción: 600 módulos y clausura definitiva. Entrada en Vigencia Promulgada el 4 de noviembre de 2010.