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Condenaron a 6 años de prisión a un azuleño que cometió robos en la zona rural de Ayacucho

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En un juicio abreviado, realizado en el tribunal de lo criminal 1 del Departamento judicial de Dolores, a cargo del Doctor Emiliano Lazzari, condenó a un sujeto de la ciudad de Azul quien había cometido 2 robos en la zona rural del partido de Ayacucho.

Se trata de Ramón Pedro Castro, de 61 años de edad, changarín, nacido y domiciliado en la Ciudad de Azul.

Uno de los hechos sucedió el 15 de mayo del año 2019, donde 3 personas desvalijaron una vivienda a punta de pistola, agrediendo a los moradores y amenazando con que volverían al lugar si realizaban la denuncia.

En el hecho también sustrajeron la camioneta Chevrolet de la estancia, en la que trasladaron el producto del robo.

Uno de los elementos que permitió llegar a uno de los autores surgió de uno de los teléfonos celulares sustraídos, cuyo damnificado no lo había dado de baja, determinando la empresa prestadora del servicio dos llamadas realizadas después del robo, una desde la localidad de Azul y con un abonado de la misma empresa cuyo titular estaba detenido en la Unidad Penal de Barker, pudiendo determinar la policía que ese celular podría haber sido utilizado por su hermano, que llamaban “el Indio”, precisamente involucrado en un robo en Ayacucho.

El otro hecho donde se lo imputa a Castro es por un delito sucedido el 14 de diciembre del año 2018, donde ingresó junto a otro grupo de personas a un campo ubicado en Ruta 50, camino a Santa Catalina, donde robaron numerosos elementos y también sustrajeron un vehículo que posteriormente fue abandonado cuando la policía los identificó.

Indica el fallo que tras lo sucedido la esposa del sindicado formuló una falsa denuncia de sustracción de ese vehículo, el que estaba a su nombre, según el Juez para “deslindar de responsabilidad al encartado y desviar la investigación”, lo que no se logró dado que uno de los implicados declaró que el imputado había sido quien lo llevó hasta el lugar del robo, en el que no había tenido intervención.

Por todo ello el Dr. Lazzari resolvió condenara Castro por ser autor del delito de “Robo doblemente agravado por ser cometido con arma y en despoblado y banda (Hecho l) y Robo doblemente agravado por ser en despoblado y cometido por efracción en grado de tentativa (Hecho II) en concurso real”, y a quien impuso una pena de “Seis años de prisión”.

Fuente: El compromiso

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