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Depósitos en efectivo: el BCRA aclaró que los bancos no pueden exigir justificar el origen hasta $13,8 millones
Depósitos en efectivo: el BCRA aclaró que los bancos no pueden exigir justificar el origen hasta $13,8 millones
El Banco Central y la Unidad de Información Financiera recordaron a las entidades que las normas vigentes no prohíben los depósitos en efectivo sin importar el monto y que, hasta un determinado umbral, no deben pedir documentación sobre el origen del dinero en la línea de caja.
El comunicado conjunto fue difundido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Unidad de Información Financiera (UIF), dependiente del Ministerio de Justicia, para precisar el alcance de las reglas de Prevención de Lavado de Activos.
Según detallaron, las normas “no prohíben los depósitos en efectivo, independientemente de su monto”. Además, aclararon que no se exige solicitar información sobre el origen de los fondos como condición para aceptarlos cuando la colocación no supere el equivalente a 40 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Con el salario mínimo fijado este mes en $346.800, ese tope equivale a $13.872.000. Tomando como referencia un dólar vendedor a $1.420 en el Banco Nación, el umbral ronda los US$9.769.
“La obligación normativa se limita a la identificación del depositante y del titular cuando el monto supera los 40 SMVM”, señala el documento. Por debajo de ese límite, “no hay obligación alguna de solicitar documentación respaldatoria”, indicaron voceros oficiales.
El mensaje oficial llega después de que el ministro de Economía, Luis Caputo, instara públicamente a los argentinos a ingresar al sistema financiero los dólares atesorados fuera del circuito formal. “Ahora sí, todos a llevar sus ahorros al banco”, afirmó días atrás, al sostener que esa dinámica permitiría acelerar el crecimiento, reducir impuestos en el mediano plazo y generar más empleo formal.
En paralelo, el Decreto 93/2026 —que reglamentó la Ley 27.799— insta a los sujetos obligados a considerar como antecedente favorable la adhesión al Régimen de Declaración Jurada Simplificada en su análisis de riesgo. También llama a revisar umbrales operativos y requerimientos documentales cuando el origen y aplicación de fondos resulten consistentes con la actividad declarada y el perfil económico del cliente.
En esos casos, y bajo un Enfoque Basado en Riesgos (EBR) razonable, podría resultar innecesario requerir documentación adicional si no se detectan inconsistencias relevantes.


