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¿Por qué se pide licencia para pescar?

Un usuario de Facebook contó que el día de ayer el Comando de Prevención rural de Ayacucho lo había infraccionado por estar pescando en un arroyo del partido por no encontrarse con la licencia correspondiente para dicha actividad.
La infracción a esta reglamentación será sancionada de acuerdo a la Ley Provincial de Pesca Nº 11477 art.38. “con una multa de un valor equivalente a cuatro (4) sueldos mínimos de un empleado de la Administración Pública Provincial, a cuatrocientos (400) sueldos como máximo”.
Reglamentada por la Ley Provincial de Pesca Nº 11477, art 21. Para la práctica de la pesca deportiva y el transporte de especies capturadas, es obligación poseer la correspondiente licencia:
- No Federada: No asociado a ningún Club. Tiene vigencia de un año a partir de su expedición.
- Federada: Asociado algún Club. De duración año calendario y sin costo.
- De concurso: Válida para participar en concursos. Si tiene licencia anual no hace falta adquirir esta.
- Turistica: Válida por 20 días.
- Costa Menor Marítima: Para ambiente marítimos. Válida por un año.
- Menores de 14 años: Sin cargo (Artículo 21 del Decreto 323/95).
- Los jubilados podrán obtener su licencia previa presentación del carné que acredite su condición, dicha licencia no ostentará cargo alguno ni término en lo que respecta a su caducidad (artículo 21 del Decreto 323/95). Toda persona carente del beneficio jubilatorio – mayor de 65 años varones y 60 años mujeres – y que acredite residencia en la Provincia de Buenos Aires, tendrá derecho a una licencia de las mismas características que las de un jubilado (Resolución 46/05)
- Discapacitados: Con la sola presentación del certificado de discapacidad expedido por hospital publico que acredite tal condición, se le extenderá la licencia de Pesca Deportiva sin cargo y sin vencimiento. (Reglamentada por Resolución Nº 24/07)
- Veteranos de Malvinas: Con la sola presentación de la documentación que acredite tal condición, expedida por organismo oficial correspondiente, se le extenderá la licencia de Pesca Deportiva sin cargo y sin vencimiento. (Reglamentada por Resolución Nº 30/07.)
El dinero recaudado ingresa al Fondo Provincial Pesquero, el cual se destina entre otros temas al financiamiento de Estudios Técnicos en los Ambientes Lagunares Provinciales, así como a la siembra y refuerzo de las poblaciones naturales de pejerrey con larvas y juveniles.
¿Cómo obtener la Licencia de Pesca Deportiva? Acá te dejamos los pasos a seguir para obtenerla:
- Ingresar a la página Web del ministerio: www.maa.gba.gov.ar/pesca y luego al link “Licencias de Pesca Deportiva” o directamente aca www.maa.gba.gov.ar/sistemas/pesca/licencias/licencias00.php
- Completar el Tipo y N° de documento.
- Seleccionar el tipo de licencia que se quiere obtener, clickear en el círculo y luego en Enviar.
- Aparece en la pantalla el siguiente formulario para completar con los datos personales. Completar y hacer click en: Ingresar/Solicitar.
- Una vez completados los datos personales y clickeado en Ingresar el sistema le permitirá Imprimir la boleta de pago. (Programa requerido Adobe Reader – Lector de archivos PDF, si no lo posee puede descargarlo de http://get.adobe.com/es/reader/ en forma gratuita).
- Una vez obtenida la boleta de pago, debe efectuar el pago en cualquier sucursal del Banco Provincia o en BAPRO pagos. El comprobante de pago ya lo habilita a realizar la actividad.
- Después de 72 Hs. hábiles de realizado el pago de la licencia, deberá repetir los pasos 1, 2 y 3. y el sistema le permitirá imprimir su Carnet de Pesca.
- La licencia para jubilados, pensionados, discapacitados, veteranos de Malvinas y menores de 14 años es SIN COSTO. Luego de completar los datos personales, se puede imprimir directamente el carnet.