Se extiende la validez de las licencias de conducir con vencimiento entre el 15 de mayo y el 15 de junio.
La decisión se tomó en el marco de la adhesión a la disposición Nº 170 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación. Esta disposición, en su artículo 5, insta a las jurisdicciones que otorgan la Licencia Nacional de Conducir “a prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, las licencias nacionales de conducir, cuyos vencimientos operen entre el 15 de mayo y el 15 de junio inclusive del corriente año”.