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Subsidios en los servicios públicos: qué tramite deben realizar jubilados y pensionados

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Los jubilados y pensionados que tengan un solo beneficio y cobren el haber mínimo tienen la posibilidad de acceder al subsidio en los servicios públicos según lo establece el art. 3 del decreto 319/97

El subsidio es para usuarios residenciales de los servicios de luz gas o agua y consiste en un monto fijo que varía según el servicio y se aplica no sólo el consumo sino sobre el servicio mismo que se presta, es decir, sobre los gastos fijos de la factura

El trámite se hace en Anses y se debe presentar el DNI con el domicilio del servicio del cual se quiera pedir el subsidio.

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Si el domicilio del DNi no coincide con el del servicio, se debe solicitar constancia de domicilio actualizado que se tramita en la comisaria de la zona o autoridad administrativa.

El trámite debe hacerse en forma presencial en cualquier oficina de Anses y no requiere turno previo.

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La documentación que debe acompañar es el Dni con los requisitos ya nombrados y el formulario subsidio decreto 319/97, factura del servicio que se quiere obtener el subsidio y ultimo recibo de haberes.

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