Este lunes 27 de septiembre se celebra en la Argentina el Día del Empleado de Comercio, conmemoración que originalmente estaba estipulada para el 26, o sea un día antes.
La decisión fue adoptada a partir de un acuerdo conjunto con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC); la Confederación de la Mediana Empresa (CAME), y la Unión de Entidades Comerciales Argentina (UDECA).
Por su parte, la CAC destacó que el día festivo “en nada afecta la apertura de los comercios cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada”.
¿POR QUE EL DIA DEL TRABAJADOR?
El Día del Empleado de Comercio se estableció para que los empleados del sector puedan gozar de un día de descanso, según lo dispuesto por la ley 26541, ratificada por la disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo 759/2021.
¿CUANTO SE COBRA SI TRABAJO ESE DIA?
Debido a esto, el día feriado no trabajado se calcula dividiendo la totalidad de la remuneración correspondiente al mes respectivo por 25, y aplicando el importe al día feriado en cuestión, generándose el “plus por feriado”.
En cambio, si el trabajador debiera prestar servicios, se le deberá abonar el día a valor normal más una suma igual, es decir, un recargo del 100% (art. 166, LCT). Además, debeberán considerarse todos los conceptos remunerativos y no remunerativos en la base de cálculo.