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La Corte Suprema dejó vigente la derogación de la Ley de Tierras y habilita la venta sin límites a extranjeros

Por Franco Catalano · 29 septiembre, 2026

La Corte Suprema dejó vigente la derogación de la Ley de Tierras y habilita la venta sin límites a extranjeros

El máximo tribunal revocó un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023. La decisión permite que, en la práctica, vuelvan a regir las condiciones establecidas por el decreto que derogó las restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó vigente la derogación de la Ley de Tierras Rurales dispuesta por el Gobierno de Javier Milei mediante el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.

El máximo tribunal revocó la decisión de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional esa parte del DNU, luego de una presentación realizada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).

Qué resolvió la Corte

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el CECIM no tenía legitimación suficiente para impulsar la demanda y que no se había configurado un caso o controversia judicial concreta que habilitara la intervención de los tribunales.

La Corte aclaró que su decisión no implica un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023. El fallo se limitó a rechazar la demanda por cuestiones vinculadas con la legitimación de la entidad y la existencia de un caso judicial.

Qué establecía la Ley de Tierras

La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un régimen de protección sobre la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales.

Entre sus principales restricciones fijaba un límite del 15% del total de tierras rurales que podían estar en manos de extranjeros, tanto a nivel nacional como provincial y municipal. Además, una misma nacionalidad no podía superar el 30% de ese porcentaje y existían límites de superficie por titular, junto con restricciones específicas para determinadas zonas de frontera y áreas que involucraran recursos hídricos.

Con la derogación de la norma, esas restricciones dejan de aplicarse mientras se mantenga vigente el artículo 154 del DNU.

El debate vuelve al centro de la escena

La decisión judicial se conoce después de que el Gobierno intentara avanzar por la vía legislativa con una modificación de las restricciones a la propiedad extranjera de tierras rurales. Ese intento no prosperó y el capítulo referido a la Ley de Tierras fue finalmente retirado del proyecto.

Ahora, con el fallo de la Corte, queda vigente la derogación establecida por el DNU 70/2023. El propio tribunal señaló que su resolución no impide que el Poder Legislativo ejerza las facultades que le corresponden respecto del decreto.

El fallo vuelve a colocar en el centro del debate la propiedad de las tierras rurales, la inversión extranjera y el régimen de protección sobre territorios considerados estratégicos.

Fuente: Infobae, La Nación y Bichos de Campo.










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