Nacionales
cuánto cobrarán de sueldo en febrero por hora y mes, según categoría
En febrero las empleadas domésticas cobrarían sin nuevos aumentos de sueldo y sin el bono que percibieron en 2025 por las horas trabajadas a la semana.
De no mediar una nueva resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), el servicio doméstico -que perdió muchísimo poder adquisitivo en 2025- volvería a ver reducido su poder de compra, al no recibir una actualización del haber mínimo legal.
Recordemos que el trabajo en casas particulares es una de las actividades laborales más extendidas en la Argentina y, al mismo tiempo, una de las que históricamente presentó mayores niveles de informalidad. Para revertir esa situación, la Ley 26.844 estableció un régimen laboral específico que regula los derechos de las empleadas domésticas y las obligaciones que deben cumplir quienes las contratan, independientemente de la cantidad de horas trabajadas.
Registrar la relación laboral, pagar aportes, respetar salarios mínimos y garantizar cobertura médica y de riesgos del trabajo no son decisiones voluntarias: son obligaciones legales.
Escala salarial empleada doméstica: cuánto cobrarán por lo trabajado en enero (y qué sucedería en febrero)
Los siguientes son los valores que oficialmente publicó la Unión de Personal Auxiliar de Trabajo en Casas Particulares para los haberes de enero 2026, que llegan a los bolsillos de los trabajadores en febrero:
Supervisor/a
- Con retiro: $471.956,01 mensuales y $3.783,33 por hora
- Sin retiro: $525.712,99 mensuales y $4.143,70 por hora
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $438.475,56 mensuales y $3.582,79 por hora
- Sin retiro: $488.091,78 mensuales y $3.926,84 por hora
Caseros
- Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
- Sin retiro: $476.755,68 mensuales y $3.784,32 por hora
Personal para tareas generales
- Con retiro: $384.713,01 mensuales y $3.135,99 por hora
- Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
A los básicos del convenio hay que sumar el adicional por antigüedad, equivalente a un 1 por ciento por cada año trabajado de la empleada doméstica en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.
También hay un extra del 30 por ciento calculado sobre los salarios mínimos de cada categoría, para empleadas del sector que trabajan en zonas desfavorables como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de Carmen de Patagones.
Y a eso se suman también las horas extras, que son las que la trabajadora desempeña por fuera de su jornada habitual:
- 50% de recargo para las horas extras trabajadas de lunes a viernes y hasta las 13 horas del sábado.
- 100% de recargo (doble jornada) si las horas extras se realizan los sábados después de las 13 horas, domingos o feriados.
A la empleada doméstica le corresponde percibir el salario mínimo de la categoría para la cual fue contratada y registrada o uno superior. En caso de prestar tareas en más de una categoría, le corresponde percibir la remuneración de la categoría mejor remunerada.
Si bien el valor del servicio doméstico se divide por categorías basadas en tareas, por ley a la trabajadora cuyas resposabilidades puedan estar enmarcadas en más de una de las categorías anteriores, le corresponde el salario de la mejor remunerada.
Hay que tener en cuenta que las partes aún no fueron convocadas para reunirse y actualizar los montos de febrero, por lo que, por el momento, en el mes que acaba de comenzar, recibirán el mismo sueldo que en enero.
¿Cuáles son los aportes del personal de casas particulares?
El régimen especial de casas particulares incluye el pago mensual de:
El monto total a pagar se determina según la cantidad de horas trabajadas por semana. Para acceder a obra social, la trabajadora debe aportar el equivalente a 16 horas o más. Si trabaja menos, puede sumar aportes voluntarios o complementar con aportes de otros empleos.
Plazos y formas de pago de los aportes
Los aportes se pagan a mes vencido, y el empleador tiene tiempo hasta el día 10 de cada mes para abonarlos sin intereses.
Los medios de pago disponibles incluyen:
Cómo pagar aportes y contribuciones: paso a paso para empleadores
El proceso se realiza desde el Portal de Casas Particulares con clave fiscal nivel 2 o superior. El sistema muestra automáticamente los períodos pendientes.
1. Ingresar al portal
2. Pagar el mes actual
Al elegir la opción “Pagar mes actual”, podrás:
Pago manual: descarga el Formulario 102 y pagalo en banco o centro extrabancario. Se debe entregar una copia del formulario y del comprobante a la trabajadora.
Pago electrónico: el sistema genera un VEP para abonar desde Link, PagoMisCuentas, Banelco, tarjeta, etc.
3. Generar el recibo de sueldo
Luego de pagar el VEP, el sistema permite generar el recibo mensual, agregando datos como:
-
Remuneración
-
Horas trabajadas
-
Aguinaldo
-
Vacaciones
-
Otros conceptos
Se deben imprimir dos copias: una para el empleador y otra para la trabajadora, junto con el comprobante de pago.
4. Pagar períodos adeudados
Si existen deudas, el sistema:
-
Calcula intereses según fecha de pago.
-
Permite seleccionar períodos pendientes.
-
Genera el VEP o formulario para regularizar.
-
Habilita la generación del recibo correspondiente.
Cómo consultar los aportes como trabajadora de casas particulares
Una parte central de esta nota SEO es explicar cómo la trabajadora puede verificar si su empleador pagó los aportes y si necesita complementar con adicionales.
Paso 1: Ingresar al Portal de Casas Particulares
Desde el sitio de ARCA, entrar al perfil de Casas Particulares y acceder con:
-
CUIL
-
Clave fiscal nivel 2
Si solo aparece la opción de “empleador”, significa que no está registrada como trabajadora y debe regularizar la situación.
Paso 2: Consultar los aportes
En la pantalla principal, seleccionar la solapa “MIS APORTES”. Allí se visualiza:
-
Estado del aporte jubilatorio.
-
Estado del aporte a obra social.
-
Aportes realizados por el empleador.
Si el monto no alcanza para acceder a los beneficios, el sistema lo informa.
Paso 3: Pagar adicionales (si corresponde)
El portal permite pagar:
Para hacerlo:
-
Seleccionar el concepto a pagar.
-
Elegir medio de pago (electrónico o manual).
-
Si es manual, descargar el formulario interactivo.
-
Si es electrónico, generar VEP y pagarlo online.
Todos los pagos voluntarios o adicionales se hacen mediante el Formulario 575/RT.

