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Inflación: el Gobierno autorizó dos aumentos del 9,5% para internet, telefonía y televisión

Argentina vive un momento de mucha incertidumbre económica como resultado de la falta de solución al problema de la inflación, un mal que ya se volvió habitual en el país. En este contexto, el Gobierno autorizó dos aumentos de 9,5% para las tarifas de internet, telefonía fija/móvil y televisión por cable y satelital. La medida se confirmó a través de la Resolución 725/2022 que ya fue publicada en el Boletín Oficial.

En ese sentido, el documento firmado por Claudio Ambrosini, presidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), el organismo encargado de regular el precio de esos servicios, detalló en el artículo 1°: “Establecer que las Licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar a partir del 1° de mayo de 2022, un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas, en hasta un NUEVE Y MEDIO POR CIENTO (9,5%); tomando como referencia sus precios vigentes y autorizados mediante Resoluciones ENACOM 1466/2020; 203/2021 y 862/2021.”

A partir del 1° de julio de 2022, las prestadoras aludidas podrán aplicar un nuevo incremento de hasta un NUEVE Y MEDIO POR CIENTO (9,5%) sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados y de conformidad con los términos del párrafo anterior”, agregó.

Además, se dispuso establecer valores máximos para los precios de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) en la modalidad prepaga pura a partir del primero de mayo y de julio.

De esta forma, los precios quedaron fijados de la siguiente manera:

a) Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $27,40 en mayo y $30 en julio, con impuestos incluidos.

b) Segundo de voz: $0,42 en mayo y $0,46 en julio, con impuestos incluidos.

c) SMS: $5,50 en mayo y $6 en julio, con impuestos incluidos.

Por otro lado, desde el Gobierno remarcaron que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las compañías y “que supere los valores expresamente autorizados”, deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican por mora en el pago.

También, se comunicó que en aquellos casos en los que algún cliente no abone su factura con estos aumentos no aprobados por la ENACOM, las prestadoras “deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes”.

Incluso, el Poder Ejecutivo les advirtió a las compañías que incumplir con esta medida “se entiende violatorio de los derechos de los clientes y las clientas e incumplimiento de las obligaciones de los prestadores y dará lugar a la aplicación de las sanciones”.

Por último, el Gobierno señaló que, teniendo en cuenta que “el último incremento autorizado por este ENACOM fue de aplicación segmentada y asimétrica para enero de 2022, y destacando el enorme esfuerzo que las prestadoras del sector realizan para acompañar las distintas medidas de contención de la pandemia”; correspondía “autorizar nuevos incrementos con aplicación para los meses mayo y julio 2022″.

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