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Madariaga: Condenan a la intendencia a pagar 11 mil dólares por un abuso sexual

La Municipalidad de General Madariaga fue condenada a indemnizar a una paciente que sufrió un abuso sexual mientras se encontraba internada en el Hospital Municipal en enero de 2020. El fallo, dictado por el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Dolores, estableció que existió “una grave falta de seguridad y control” dentro del establecimiento de salud.

La causa, caratulada como “P. R. K. D. R. c/ Municipalidad de General Madariaga s/ Pretensión Indemnizatoria” (Nº 18652) , concluyó que la víctima —una joven que presentaba discapacidad y requería supervisión permanente— fue abusada por otro paciente internado en el mismo sector.

El tribunal determinó que el hospital no adoptó las medidas necesarias para garantizar la integridad de las personas alojadas, permitiendo que los pacientes deambularan sin control, consumieran alcohol y permanecieran sin custodia adecuada, informó El Mensajero de la Costa.

En la sentencia, el juez Marcelo Daniel Fernández estableció la responsabilidad del municipio por “falta de servicio”, señalando que el Estado tiene el deber de brindar condiciones de seguridad a quienes se encuentran internados, especialmente cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad.

Como consecuencia, la Justicia ordenó al Municipio pagar una indemnización que incluye U$S 9.000 por daño moral y U$S 2.000 por daño psicológico. El costo de los tratamientos terapéuticos necesarios se calcularán en la etapa de liquidación. Todos los montos deberán ser actualizados con intereses desde la fecha del hecho (11 de enero de 2020), lo que podría elevar significativamente el monto final.

El fallo también destaca que el hecho marcó “un antes y un después” en materia de seguridad dentro del hospital, reconociendo que al momento del episodio no existían controles suficientes ni personal destinado a resguardar a los pacientes internados.

La Municipalidad de General Madariaga, quien seguramente apelará el fallo en los próximos días, deberá afrontar las costas del juicio por resultar vencida. En caso de no apelar, el plazo para el pago es de 60 días una vez que quede firme la liquidación correspondiente.

Fuente: Agencia DIB

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