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Fito Colavita: “Vamos a iniciar acciones legales por que no tenemos respuestas”

El Ingeniero Néstor “Fito” Colavita, propietario de la empresa Sintel net, dialogó con FM 95 sobre la denuncia pública que realizó su empresa en las horas ante la falta de respuestas del Gobierno local ante un pedido urgente que vienen solicitando desde hace años.

La falta de poda, controles de servicios aéreos, son algunos de los puntos que planteó el empresario en diálogo con el periodista Emilio Quintana.

Presentaron un pedido mediante mesa de entrada de la municipalidad y jamás obtuvo una contestación. Se reunió con concejales de ambos partidos políticos y solo tuvo la repuesta que “si el ejecutivo no cumple las leyes, ellos no pueden realizar nada” además habrían sostenido que también observaron la falta de control en el espacio aéreo, contó Colavita.

No solo se ve perjudicada la empresa local, si no que sucede lo mismo con el servicio de energía eléctrica de EDEA y demás servicios.

Imágenes enviadas por la empresa

Fito, apuntó hacia el Gobierno de Cordonnier, haciendo incapié que no hay interés en las personas que realizan inversiones locales y si en fábricas que están instaladas pero no funcionando. Además, agregó que no tiene interés político ni partidario, asimilando que siempre se mezclan situaciones en la comunidad cuando uno expresa su derecho.

Ante la falta de respuesta, iniciará acciones legales contra los políticos a cargo por no cumplir su deber como funcionario público.

¿QUE ACTUACIONES DEBERÍA TOMAR EL MUNICIPIO DE AYACUCHO?

Según la LEY 12276 en su artículo 4 indica que “Los municipios serán los brazos ejecutores de esta acción a través de un sector específico, el que estará dirigido por un ingeniero forestal o ingeniero agrónomo con incumbencia forestal. Dicha dependencia bajo la responsabilidad del funcionario a cargo, tendrá ingerencia sobre las decisiones que se adopten en el tema y la realización de los trabajos de extracción, poda, reposición y forestación del arbolado público, en el radio urbano y rural, en la jurisdicción de la municipalidad, cumpliendo con las obligaciones que emergen de la presente Ley y su reglamentación.”

En el artículo 5 (i) afirma que se deberá cortar cualquier arbolado, “cuando interfiera u obstaculice la prestación de un servicio público”

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