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La AFIP subió el monto para que bancos y billeteras virtuales informen movimientos de clientes

La AFIP anunció hoy que aumentará los umbrales mínimos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben reportar las actividades financieras de sus clientes.
Según el organismo, esta medida forma parte de un esfuerzo por simplificar los procedimientos para los contribuyentes, implementando mecanismos que mejoren los regímenes de información. La última modificación se llevó a cabo el 23 de abril del año pasado.
La resolución 4298, que establece la obligación de informar a la AFIP por parte de las entidades financieras, será modificada. Ahora, los bancos deberán reportar cuando el total acumulado de acreditaciones y extracciones mensuales en distintas cuentas alcance los $700.000, en contraste con los $200.000 previos.
Además, se aumentan los umbrales para los administradores de sistemas de procesamiento de pagos electrónicos, incluyendo a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), más conocidos como billeteras virtuales.
También se exigirá que informen las sumas cuando los ingresos o egresos mensuales totales alcancen los $400.000, en lugar de los $120.000 anteriores.